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La devolución de placas y vehículos decomisados por la Policía de Tránsito, únicamente es posible mediante cita en el Consejo de Seguridad Vial.


Es decir, un conductor que quiere recuperar las placas y llega a las instalaciones del Cosevi con ese objetivo, no puede hacerlo sin cita previa.


De igual manera, se puede gestionar la devolución de placas con entrega a domicilio, mediante el servicio que ofrece Correos de Costa Rica, cumpliendo los requisitos que se pueden consultar en el mismo sitio web del Cosevi.


Para acceder a este servicio debe tener una dirección electrónica autorizada por el COSEVI.


Link para Registrar/Cambiar Dirección Electrónica


Link para solicitar el envío de las placas a domicilio


Carlos Rivas, asesor legal de la entidad, comentó que en el caso de los vehículos decomisados, los montos a pagar por acarreo son de ¢8.016,27, por los primeros 6 kilómetros o menos, y de ¢1.336,04 por cada kilómetro adicional o fracción. Por concepto de custodia, el rubro es de ¢4.846,81 por día.


El funcionario recordó que todos los años se hace un estudio de mercado y, con base en eso, se definen los nuevos montos, los cuales son al costo. Es decir, no persiguen el lucro, sino costear los gastos operativos del traslado y cuido de los autos.


También: Homologación de la licencia de conducir en Costa Rica


¿Cómo recuperar las placas decomisadas?


Lo primero que debe hacer es sacar una cita ingresando al sitio web institucional para recuperar las placas o el vehículo.


En el caso de no poder gestionar la cita en línea, podrá realizarlo mediante el correo electrónico plataforma-serviciosj@csv.go.cr o acudir directamente a la oficina de Cosevi más cercana.





?????????????????Requisitos para sacar cita


1. Debe presentar el original del Título de Propiedad o Certificación que demuestre la propiedad del vehículo (registral o notarial)


2. Debe presentar el original del Derecho de Circulación al día (Marchamo)


3. Original de la Revisión Técnica al día. Si no cuenta con la IVE al día, deberá realizar la revisión, y se aceptará como ÚNICA falta grave la inexistencia de las placas.


4. En caso que el dueño registral sea una persona física debe aportar documento de identidad:


Original del documento de identidad vigente y en buen estado.


Nacionales: cédula de identidad.


Extranjeros: documento de identidad migratorio (DIMEX) o Pasaporte.


5. Si el vehículo se encuentra a nombre de una persona jurídica, se debe presentar personería emitida por el Registro Nacional o Certificación Notarial con 1 mes de vigencia a partir de la fecha de haber sido emitida.


6. Original de la Boleta de Citación con la que se retiraron las placas o el vehículo, la cual debe estar cancelada o impugnada.


7. Estar al día con el pago de infracciones, tanto el vehículo como el dueño registral (Art. 196 de la Ley 9078).


Se pueden pagar las infracciones en línea desde el BCR, Banco Nacional y el BAC.


Link para pagar infracciones en línea



8. Vehículos con Placas de Transporte Público:


Quien tramite deberá presentar el permiso original y vigente, emitido por el Consejo de Transporte Público, que acredite la autorización para la prestación de dicho servicio. En el caso de las unidades de ruta regular, podrán presentar la tarjeta de capacidad y tarifa vigente.


9. Si el trámite lo va a realizar una persona distinta al Propietario Registral, debe presentar:


a) Copia del documento de identidad del propietario registral del vehículo.

b) Poder especial dirigido al Cosevi que cumpla con lo siguiente:


1. Firmas autenticadas por notario público, en papel de seguridad, de conformidad con los Lineamientos de la Dirección Nacional de Notariado.


2. El Poder Especial debe ser específicamente para la solicitud de retiro y el retiro efectivo de las placas.


3. El Poder debe tener fecha posterior a la boleta que originó el retiro de las placas que se retiran.


4. Indicación del número de placas (esa descripción basta).


5. Nombre completo de la persona jurídica, cuando corresponda.


6. Número de cédula jurídica que le identifica, cuando corresponda.


Cuando el poder haya sido otorgado por asamblea general de una sociedad, éste tendrá vigencia a partir de su otorgamiento.


Toda certificación y poder, debe contar con los timbres y las formalidades establecidas en el ordenamiento jurídico. Los timbres podrán ser aportados mediante el pago de entero.


10. DEBE DE TRAER DE FORMA OBLIGATORIA EL COMPROBANTE DE SU CITA IMPRESO O DIGITAL


Importante


1. En San José solo se hacen órdenes de devolución de vehículos detenidos en San José.


2. Deben presentarse 15 minutos antes de la cita; a la hora de la cita si se llama y no se ha presentado deberá solicitar una nueva cita.

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3. En caso de que la boleta con la que se retiraron las placas o el vehículo, se vaya a impugnar (apelar), la misma debe ser presentada dentro del plazo improrrogable de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente de la confección de la boleta. La impugnación podrá presentarse personalmente en nuestras oficinas o utilizando medios electrónicos como el fax o el correo electrónico, cumpliendo con los requisitos establecidos en nuestra página. La impugnación debe ser presentada antes de solicitar la cita.



El horario de atención oficial en todas las oficinas del Departamento de Servicio al Usuario de Cosevi, es de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 3:30 p.m.


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Teléfonos de contacto:


San José


2522-0815 / 2522-0973

2522-0974 / 2010-4671


Alajuela


2010-4765


Guápiles


2710-6816


Limón


2010-4715 / 2010-4716


Cartago


2010-4731


Naranjo/San Ramón


2010-4736 / 2010-4736


Pérez Zeledón/Osa


2010-4692 / 2010-4696


Liberia


2010-4698 / 2010-4699


Heredia


2010-4725


Pacífico Central


2010-4639 / 2010-4640


San Carlos 


2010-4691


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